Confirmado el Día sin Carro y sin Moto 2026 en Bogotá: fecha y reglas clave
La Alcaldía confirmó la fecha del Día sin Carro y sin Moto 2026 en Bogotá. Conoce el horario, las excepciones permitidas y la multa para quienes incumplan la medida.
Desde temprano, la ciudad vivirá cambios importantes en la forma de moverse. La restricción aplicará desde las 5:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche, lapso en el que no podrán circular vehículos particulares ni motocicletas. El objetivo central es disminuir el flujo de automotores, facilitar el uso de medios alternativos y reducir los niveles de contaminación durante la jornada.
Esta medida se encuentra respaldada por la Ordenanza 036 de 2023, que define las condiciones del Día sin Carro y sin Moto y las excepciones permitidas. Para 2026, la administración distrital decidió conservar el mismo esquema operativo que ha venido funcionando en años anteriores.
Qué vehículos no podrán circular
La restricción incluye a los carros particulares, motocicletas, vehículos de escuelas de conducción, automóviles con pico y placa solidario, taxis que estén bajo restricción ese día, así como vehículos híbridos o dedicados a gas, salvo que estén dentro de las excepciones autorizadas por el Distrito.
El mensaje de las autoridades ha sido claro: la medida apunta especialmente al uso del vehículo individual, buscando reducir la congestión en las principales vías de la capital y promover hábitos de movilidad distintos, al menos durante una jornada completa.
Excepciones permitidas durante la jornada
A pesar de la restricción, algunos vehículos sí podrán movilizarse sin inconvenientes. Entre las excepciones se encuentran:
Vehículos de transporte público, incluyendo SITP y TransMilenio.
Vehículos conducidos por personas con discapacidad o destinados exclusivamente a su transporte.
Vehículos de emergencia, seguridad y organismos del Estado.
Transporte escolar, siempre que esté debidamente identificado y prestando servicio.
Vehículos con capacidad superior a 10 pasajeros y transporte de valores.
